Centro de Preguntas frecuentes

Estimado cliente,

Sensibles a la afectación que experimentaron nuestros clientes a raíz de la emergencia sanitaria originada por el COVID-19, el pasado 23 de marzo, Scotiabank puso a su disposición medidas para mitigar el impacto de esta difícil situación; facilidades que se aplicaron durante los meses de marzo, abril, mayo y hasta el 22 de junio. Si a partir del 23 de junio de 2020 requiere apoyo, visite la sección: Nuevas soluciones.

Estas medidas aplicaron para las tarjetas de crédito que, a la fecha de solicitud, se mantenían al día, con mora que no excediera los 90 días o con arreglo de pago al día.

Pensando en las personas y empresas que continúan afectadas por la emergencia sanitaria, próximamente anunciaremos las condiciones, requisitos y procesos que deberán cumplir los clientes que demuestren que su situación económica no ha mejorado.

Le recomendamos que, dentro de lo posible, evite la postergación de sus obligaciones financieras a fin de no extender su deuda a futuro.

*Estas medidas se monitorearán constantemente según el avance de la pandemia y podrían modificarse en cumplimiento de lo establecido por los entes reguladores del sistema financiero nacional o por nuestras políticas internas.

Preguntas frecuentes

1. ¿En qué consisten estas medidas?

Consiste en brindarle un periodo de gracia en sus próximos 4 pagos mínimos que tengan fecha de pago entre el 23 de marzo y el 23 de julio del 2020. Esta facilidad no le generará recargos o comisión por pago tardío.

Si usted ya cubrió la cuota de marzo, este periodo de gracia le aplicará para los siguientes pagos mínimos que tengan fecha máxima de pago hasta el 23 de julio del 2020.

2. ¿Qué clientes aplican?

Aplican todos los clientes que mantengan al día su(s) tarjeta(s) de crédito, que no excedan los 90 días de mora y aquellos plásticos con arreglo de pago que estén al día al 30 de abril del 2020.

Si al del 23 de marzo del 2020 su(s) tarjeta(s) presentan morosidad, una vez finalizado este periodo, sus productos mantendrán ese mismo nivel de morosidad.

3. ¿Qué productos aplican?

Aplican todas las tarjetas de crédito que tenga con el Banco, incluyendo su(s) cuota(s) de extra financiamiento e Intra Cash, siempre que estén al día, que no excedan los 90 días de mora y con arreglo de pago que al 30 de abril estén al día.

4. ¿Recibiré alguna notificación una vez aplicado el periodo de gracia?

No, este periodo de gracia se aplicará de forma automática a partir del 23 de marzo del 2020 y hasta el 23 de julio.

5. ¿Qué sucede si después del 23 de marzo se me genera alguna comisión por pago tardío?

En caso que se le genere alguna comisión por pago tardío, el banco le aplicará la reversa de forma automática por lo que en su próximo estado de cuenta lo vera normalizado.

Importante indicar que este ajuste de pago tardío, no aplica para cargos generado antes del 23 de marzo.

6. ¿Qué sucede si tengo programado de manera automática el pago de mi tarjeta de crédito desde mi cuenta de depósito?

Si usted tiene programado el pago de su tarjeta de crédito desde su cuenta de depósito y desea acogerse a este periodo de gracia, deberá solicitar, por medio de cualquiera de nuestros canales de atención, la suspensión del servicio.

7. ¿Durante el periodo de gracia tendré vigente mis coberturas de seguro?

Si, Scotiabank le garantizará que sus seguros asociados a su(s) tarjeta(s), se mantendrán vigentes, manteniendo así las coberturas establecidas.

8. ¿Este periodo de gracia representará alguna baja en la tasa de interés de mi tarjeta de crédito?

La facilidad contempla ofrecerle un periodo de gracia en sus próximos 4 pagos mínimos, la tasa de interés de su(s) tarjeta(s) se mantiene igual.

9. ¿Se seguirá cobrando interés de mi tarjeta de crédito durante este periodo de gracia?

El interés se seguirá cobrando de acuerdo a la tasa del producto que usted mantiene y en base al saldo del capital adeudado al corte de su estado de cuenta, por lo que no se cobrará interés sobre interés.

10. ¿Por qué sigo visualizando un pago mínimo y/o un monto atrasado en el estado de cuenta?

El pago mínimo es solo de referencia, usted no deberá cubrirlo salvo desee hacerlo voluntariamente para reducir su deuda a futuro.

En cuanto al monto atrasado que visualiza, el mismo podrá verlo ajustado en su próximo estado de cuenta.

11. ¿Por qué veo mi pago mínimo en Scotia en Línea en cero, pero no así en mi estado de cuenta?

Esto es debido a que ya le aplicamos la suspensión del pago mínimo.

12. ¿Qué sucede si mi tarjeta de crédito mantiene más de 91 días de mora (atrasos)?

Si su(s) tarjeta(s) de crédito mantiene más de 91 días mora (atrasos) deberá comunicarse directamente con nuestro departamento de cobros al: 309-6000.

13. ¿Si ya tengo un arreglo de pago, puedo aplicar a esta medida?

Si, su plástico aplica si al 30 de abril del 2020 su arreglo de pago se encontraba al día. En caso contrario, comuníquese con nuestro Departamento de Cobros al teléfono 309-6000 para buscar una solución favorable para ambas partes.

14. ¿Qué debo hacer si no deseo aplicar?

Si no necesita este periodo de gracia, puede continuar realizando sus pagos de forma regular en cualquiera de nuestros canales de pago habilitados para su fin.

15. ¿En caso de acogerme a este periodo de gracia, se verá afectado mi estatus de APC?

No, su estatus de APC no se verá afectado.

16. ¿No tendré que pagar la cuota del extra financiamiento e Intra cash?

La cuota del extra financiamiento e Intra Cash se cargarán al balance de las tarjetas, no al pago mínimo, por lo que le recomendamos que, dentro de lo posible, evitar que pueda llegar a sobregirarse su tarjeta.

Estimado cliente,

Sensibles a la afectación que experimentaron nuestros clientes a raíz de la emergencia sanitaria originada por el COVID-19, el pasado 23 de marzo, Scotiabank puso a su disposición medidas para mitigar el impacto de esta difícil situación; facilidades que se aplicaron durante los meses de marzo, abril, mayo y hasta el 22 de junio. Si a partir del 23 de junio de 2020 requiere apoyo, visite la sección: Nuevas soluciones.

Estas medidas aplicaron para todos los préstamos de Auto, Personales, Prendario, Leasing o Créditos de Vivienda garantizados con hipoteca y fideicomiso que, a la fecha de solicitud, se mantenían al día, con mora que no excediera los 90 días o con arreglo de pago al día.

Pensando en las personas y empresas que continúan afectadas por la emergencia sanitaria, próximamente anunciaremos las condiciones, requisitos y procesos que deberán cumplir los clientes que demuestren que su situación económica no ha mejorado.

Le recomendamos que, dentro de lo posible, evite la postergación de sus obligaciones financieras a fin de no extender su deuda a futuro.

*Estas medidas se monitorearán constantemente según el avance de la pandemia y podrían modificarse en cumplimiento de lo establecido por los entes reguladores del sistema financiero nacional o por nuestras políticas internas.

Preguntas frecuentes

1. ¿En qué consiste este programa de prórroga?

Consiste en ofrecerle una prórroga de hasta 3 cuotas en su préstamo o leasing que podrá solicitar antes del 22 de junio del 2020.

2. ¿Cómo puedo solicitarlo y cuál es el plazo máximo?

Si tiene un préstamo hipotecario, Pymes, autos o leasing, deberá completar en línea el formulario de solicitud.

La prórroga para préstamos personales y tarjetas de crédito se hará de forma automática. Si no necesita esta facilidad, puede continuar realizando sus pagos de forma regular.

Tiene tiempo de completar la solicitud de prórroga hasta el 22 de junio del 2020.  Si a partir del 23 de junio de 2020 requiere apoyo, visite la sección: Nuevas soluciones.

3. ¿Cómo se aplica esta prórroga a mi crédito?

Para clientes naturales o PYME que mantengan préstamos de Auto, Leasing de Auto y Préstamos hipotecarios que venzan antes del 31 de diciembre del 2023:

  • El capital no pagado de las cuotas prorrogadas más los intereses generados por este capital será cancelado durante la extensión del plazo del préstamo.
  • Intereses y FECI (si aplica) de las cuotas prorrogadas se trasladarán al final del crédito, sin generar intereses, cargos adicionales, ni mora.
  • Los seguros y cargos (si aplican) de las cuotas se sumarán al saldo adeudado al momento de aplicarse la prórroga.
  • Su próxima cuota posterior a la prorroga otorgada no se verá afectada, y se cobrará de acuerdo a las condiciones pactadas en el contrato correspondiente.

Para clientes naturales o PYME que mantengan, Prestamos Hipotecarios que venzan después del 31 de diciembre del 2023:

  • El capital no pagado de las cuotas prorrogadas más los intereses generados por este capital será cancelado al final del préstamo por el mismo periodo de la prórroga.
  • Intereses y FECI (si aplica) de las cuotas prorrogadas se distribuirá en 24 meses sin intereses a partir de enero 2021 (este monto será parte de su pago mensual).
  • Los seguros y cargos (si aplican) de las cuotas se sumarán al saldo adeudado al momento de aplicarse la prórroga.

Para clientes que mantengan Préstamo Personal:

  • El capital no pagado de las cuotas prorrogadas más los intereses generados por este capital será cancelado durante la extensión de plazo del préstamo.
  • Intereses y FECI (si aplica) de las cuotas prorrogadas se trasladarán al final del crédito, sin generar intereses, cargos adicionales, ni mora.
  • Los seguros y cargos (si aplican) de las cuotas se sumarán al saldo adeudado al momento de aplicarse la prórroga.
  • Su próxima cuota posterior a la prorroga otorgada no se verá afectada, y se cobrará de acuerdo a las condiciones pactadas en el contrato correspondiente.

Los seguros colectivos y cargos fijos se capitalizarán. Esto quiere decir que se sumaran al saldo del prestamos adeudado a la fecha. Los cargos fijos varían según los productos:

  • Hipotecas: Comisión por manejo mensual
  • Préstamos Autos/Leasing: Cargo por manejo de Fideicomiso/cargo por administración de FWLA, multas, trámites de placa no pagados oportunamente
  • Préstamos Personales: No aplican cargos

4. ¿Qué productos aplican para la prórroga?

  • Persona natural: Préstamos Personal, Hipotecarios, Préstamo de Auto y/o Leasing.
  • PYME: Préstamo a Plazo, Leasing, Préstamo de Auto.

Recuerde que aplica para créditos al día, y que tengan un atraso máximo de 90 días o un arreglo de pago, pero al día (al momento de solicitar la prórroga y hasta el 22 de junio).

5. ¿Qué puedo hacer si tengo más de 90 días de atraso?

Si pone su operación al día o disminuye sus días de atraso antes del 22 de junio, puede aplicar a la prórroga (no incluye a Pymes). En caso contrario, comuníquese con nuestro Departamento de Cobros al: 309-6000.

6. ¿Durante el periodo de prórroga tendré vigente mis coberturas de seguro?

Si sus seguros son parte de la póliza colectiva de Scotiabank, sí. El Banco le garantizará que los seguros asociados a su(s) préstamo(s) y/o leasing se mantendrán vigentes, manteniendo así las coberturas establecidas.

7. ¿Con esta medida me van a bajar la tasa de interés?

La prórroga contempla el aplazamiento de 3 cuotas de pago. El interés de su(s) producto(s) se mantiene igual.

8. ¿Qué debo hacer si no deseo aplicar?

  • Para Hipotecas, préstamos de Auto y leasing (banca de personas y PYMES): puede continuar realizando sus pagos como normalmente lo hace, No es necesario completar ni enviar ningún formulario.
  • Para préstamos personales: debe realizar su pago antes de la fecha de vencimiento. La aplicación automática se hará un día después de la fecha de pago de su préstamo.

9. Si se me aplicó la facilidad, ¿puedo realizar pagos durante el tiempo de prórroga?

Si, puede seguir realizando pagos que serán aplicados a la siguiente cuota vigente.

10.¿Qué debo hacer si apliqué para la prórroga y me la aprobaron, pero ya no la necesito?

Si no requiere esta prórroga de pago, comuníquese a TeleScotia al teléfono 800-2000, opción #1, en un plazo máximo de tres días a partir de su notificación para cancelar este trámite, de lo contrario el proceso continuará.

11. ¿Estoy en proceso desembolso de un préstamo que había solicitado, aplico para la prórroga?

Esta facilidad aplica únicamente para productos de préstamos formalizados y desembolsados antes del 3 de abril. En caso de no poder cumplir con sus obligaciones actuales, le aconsejamos ponerse en contacto con nuestro Departamento de Cobros para poder revisar su caso y buscar una solución particular (teléfono 309-6000).

12. ¿Esta prórroga afectará mi historial crediticio?

Su historial crediticio no se verá afectado por esta prórroga si se encuentra al día a momento de la solicitud. Los clientes que están en mora previo a la solicitud de prórroga, mantienen su mismo nivel de morosidad.